AptologiaAptologia
AptologiaAptologia

¿Se puede escriturar por el avalúo catastral y no por el precio real?

No: en Colombia la escritura debe reflejar el precio real de la venta, y desde la reforma de 2018 las partes declaran bajo la gravedad de juramento que ese precio es el real y que no hay pactos privados por un valor distinto. El avalúo catastral solo funciona como piso: el precio no puede ser inferior a él.

Hoy, un apartamento en venta pide de mediana $689 millones en Bogotá, $795 millones en Medellín y $420 millones en Cali, según los avisos vivos que medimos (51 ciudades con 40 avisos o más). La más barata de la tabla es Soledad ($155 millones) y la más cara Envigado ($830 millones).

Escriturar por menos para pagar menos impuestos era una práctica común, pero hoy expone a comprador y vendedor a sanciones de la DIAN, a perder costo fiscal y a problemas con el crédito hipotecario.

Cuánto piden hoy por un apartamento, por ciudad

CiudadAvisosMedianaCuota inicial 30%
Bogotá50.046$689 millones$207 millones
Medellín35.601$795 millones$239 millones
Cali13.272$420 millones$126 millones
Barranquilla12.068$440 millones$132 millones
Envigado7.712$830 millones$249 millones
Cartagena5.912$790 millones$237 millones
Sabaneta5.653$550 millones$165 millones
Pereira4.045$430 millones$129 millones
Santa Marta3.908$600 millones$180 millones
Bello3.546$340 millones$102 millones
Rionegro3.064$515 millones$155 millones
Itagüí2.844$466 millones$140 millones
Manizales2.645$450 millones$135 millones
Bucaramanga2.489$435 millones$131 millones
Armenia2.265$375 millones$113 millones
Cajicá1.483$394 millones$118 millones
Chía1.462$330 millones$99 millones
Ibagué1.361$295 millones$88,5 millones
Floridablanca976$440 millones$132 millones
Soacha891$157 millones$47,1 millones

Precio pedido en avisos vivos de 26 portales e inmobiliarias; ciudades con 40 avisos o más. Medido entre el 30 de octubre de 2026 y el 31 de octubre de 2026; se actualiza cada día.

¿No quieres buscar tú?

Buscamos por ti, le escribimos a cada aviso y te mandamos solo los que están disponibles y te sirven, en 48 horas.

Buscar mi apartamento

Qué dice el artículo 90 del Estatuto Tributario

El artículo 90 establece que el valor de enajenación de los inmuebles no puede ser inferior al costo, al avalúo catastral ni al autoavalúo, y que debe corresponder al valor comercial. También exige que en la escritura las partes declaren bajo juramento que el precio es real y que no existen pactos privados que lo modifiquen.

Si no se hace esa declaración, o si es falsa, la DIAN puede desconocer el precio y fijar el valor comercial para efectos tributarios.

Riesgos para el vendedor

El vendedor que escritura por menos declara una utilidad menor de la real. Si la DIAN lo detecta, puede recalcular la ganancia ocasional o la renta con el valor comercial y aplicar sanción por inexactitud e intereses.

Además, la declaración bajo juramento falsa puede tener consecuencias más allá de lo tributario.

Riesgos para el comprador

El comprador queda con un costo fiscal bajo: cuando venda en el futuro, su utilidad aparecerá más alta y pagará más impuesto. El artículo 90 dispone además que no se reconocen como costo las sumas pagadas por fuera de la escritura que no se hayan desembolsado a través de entidades financieras.

También pierde protección: si el negocio se cae, demostrar que pagó más de lo escriturado es difícil.

Cuando hay crédito hipotecario

El banco presta sobre el menor valor entre el avalúo comercial y el precio de compra. Escriturar por menos reduce el préstamo posible y genera una inconsistencia entre el avalúo, la promesa y la escritura que el banco puede objetar.

Los pagos en efectivo por fuera de la escritura también chocan con los controles contra lavado de activos de bancos y notarías.

Cómo pagar menos impuestos legalmente

  • Documentar bien el costo fiscal: precio de compra, mejoras y valorización con soportes.
  • Aplicar los reajustes fiscales que permite el Estatuto Tributario.
  • Revisar si aplica la exención del artículo 311-1 para la vivienda de habitación.
  • Pactar con claridad quién paga cada gasto de la compraventa.
  • Consultar con un contador antes de fijar el precio.

Qué pasa con la retención y el registro

Los impuestos de la escritura se liquidan sobre el valor del acto. Si se escritura por menos, la retención en la fuente y el impuesto de registro bajan, y ese es el ahorro que tienta a muchas personas. Pero la DIAN puede reclamar la diferencia, y el departamento también puede revisar la base del impuesto de registro.

El ahorro inmediato suele ser pequeño frente a la sanción y frente al mayor impuesto que pagará el comprador cuando venda.

Si no quieres buscar solo

Aptologia busca la vivienda por ti en el inventario disponible de todos los portales del país y te entrega las opciones que encajan. Comprar a un precio justo desde el inicio hace innecesario cualquier atajo en la escritura.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta un apartamento en venta en las principales ciudades de Colombia?

Mediana del precio pedido en avisos vivos: Bogotá $689 millones; Medellín $795 millones; Cali $420 millones; Barranquilla $440 millones; Envigado $830 millones; Cartagena $790 millones.

¿Puedo escriturar por debajo del avalúo catastral?

No. El artículo 90 del Estatuto Tributario fija el avalúo catastral como valor mínimo de enajenación.

¿Escriturar por el catastral es ilegal si ese es el precio real?

No. Si el precio pactado realmente coincide con el avalúo catastral, se escritura así. El problema es declarar un valor distinto al pagado.

¿Qué pasa con la plata pagada por fuera?

No se reconoce como costo fiscal para el comprador si no pasó por una entidad financiera, y deja al vendedor expuesto a sanciones.

¿La notaría revisa el precio?

La notaría recoge la declaración juramentada de las partes; la verificación posterior la hace la DIAN.

¿El avalúo comercial del banco debe coincidir con el precio?

No tiene que ser igual, pero si el precio escriturado es muy inferior al avalúo, el banco y la DIAN pueden preguntar por la diferencia.

¿Y si el avalúo catastral es más alto que el precio pactado?

El precio no puede ser inferior al avalúo catastral para efectos tributarios. Si el precio real es menor, la base de los impuestos será el avalúo catastral. Si cree que el avalúo está por encima del valor real, puede pedir su revisión ante el catastro de su municipio con pruebas.

¿No quieres buscar tú?

Buscamos por ti, le escribimos a cada aviso y te mandamos solo los que están disponibles y te sirven, en 48 horas.

Buscar mi apartamento

Sigue aprendiendo

Barrios más buscados

Todo lo más buscado →

Esta guía es informativa y de carácter general; los trámites y costos pueden variar según el municipio y el caso. Última actualización: 1 de noviembre de 2026.