Qué es el consejo de administración en propiedad horizontal: cuándo es obligatorio y qué hace
El consejo de administración es el órgano de la propiedad horizontal que toma las decisiones necesarias para que la copropiedad cumpla sus fines entre una asamblea y otra. Se integra por un número impar de tres o más propietarios o sus delegados, decide por mayoría de sus miembros y sus funciones concretas las fija el reglamento.
La norma que rige todo esto: Ley 675 de 2001 de propiedad horizontal, en resumen y con los artículos clave.
Cuándo es obligatorio tener consejo
El artículo 53 de la Ley 675 lo hace obligatorio en edificios o conjuntos de uso comercial o mixto con más de 30 bienes privados, sin contar parqueaderos ni depósitos. En los de 30 o menos es potestativo, y en los de uso residencial la ley deja que el reglamento decida si lo consagra.
En la práctica, la mayoría de los conjuntos residenciales medianos y grandes lo tienen porque su reglamento lo incluye. Revisa tu reglamento para saber si existe, cuántos miembros tiene y por cuánto tiempo se eligen.
Cómo se elige y cómo decide
Los miembros los elige y remueve la asamblea general, para el período del reglamento; si el reglamento no dice nada, el período es de un año (artículo 38, numeral 5).
El consejo delibera y decide válidamente con la presencia y los votos de la mayoría de sus miembros, salvo que el reglamento exija un quórum superior. Aquí no cuentan los coeficientes: cada consejero es un voto (artículo 54).
Qué funciones tiene
- Tomar las determinaciones necesarias para que la persona jurídica cumpla sus fines, según el reglamento (artículo 55).
- Elegir al administrador cuando existe consejo; si no hay consejo, lo elige la asamblea (artículo 50).
- Revisar las cuentas anuales, el informe y el presupuesto que le prepara el administrador antes de la asamblea (artículo 51, numeral 4).
- Imponer sanciones por incumplimiento de obligaciones no pecuniarias, solo si el reglamento le atribuye esa facultad (artículo 60).
- Convocar a asamblea extraordinaria (artículo 39).
- Elegir al comité de convivencia si la asamblea le delega esa función (parágrafo del artículo 38).
Lo que el consejo no puede hacer
El consejo no reemplaza a la asamblea en las decisiones que la ley le reserva: aprobar el presupuesto y las cuotas, reformar el reglamento, desafectar bienes comunes o imponer expensas extraordinarias. Las decisiones que exigen mayoría calificada del 70 % de los coeficientes solo las toma la asamblea.
Quórum y mayorías de la asamblea · Cómo funciona la asamblea
Fuentes
- Ley 675 de 2001, artículos 38, 39, 50, 51, 53, 54, 55 y 60, en el texto vigente publicado por la Secretaría del Senado.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos miembros tiene el consejo de administración?
Un número impar de tres o más propietarios o sus delegados, según el artículo 53 de la Ley 675. El número exacto lo define el reglamento de cada copropiedad.
¿Un arrendatario puede ser miembro del consejo?
La ley habla de propietarios o sus delegados, así que un arrendatario solo podría participar si el reglamento lo permite y actúa como delegado de un propietario. Revisa lo que diga el reglamento.
¿Los consejeros votan según su coeficiente?
No. El consejo decide con la mayoría de sus miembros, con independencia de los coeficientes de copropiedad, salvo que el reglamento exija un quórum superior.
¿Quién elige al administrador si hay consejo?
Cuando existe consejo de administración, el administrador lo elige ese órgano. Si no existe, lo designa la asamblea general de propietarios.
¿Los miembros del consejo cobran?
La Ley 675 no fija remuneración para el consejo. Si existe algún reconocimiento, depende de lo que disponga el reglamento o la asamblea.
¿No quieres buscar tú?
Buscamos por ti, le escribimos a cada aviso y te mandamos por WhatsApp solo los que están disponibles y te sirven, en 48 horas.
Buscar mi apartamentoSigue aprendiendo
- Qué hace el administrador en propiedad horizontal: funciones según la Ley 675
- Qué es el revisor fiscal en propiedad horizontal: cuándo es obligatorio y qué hace
- Qué es el comité de convivencia en propiedad horizontal: quién lo elige y qué puede hacer
- Multas y sanciones en propiedad horizontal: cuáles permite la ley y sus topes
- Mascotas en propiedad horizontal en Colombia: qué puede y qué no puede prohibir el conjunto
- Parqueaderos en propiedad horizontal: privados, comunales de uso exclusivo y de visitantes
- Ver todas las guías →
Barrios más buscados
Esta guía es informativa y de carácter general; los trámites y costos pueden variar según el municipio y el caso. Última actualización: octubre de 2026.